A la hora de preparar una furgoneta para pernoctar en ella, se debe tener en cuenta el proceso de homologación, paso final para poder circular con la reforma realizada totalmente legal como vehículo vivienda.
Homologar Furgoneta Camper

Introducción a la homologación
Si pretendemos instalar mobiliario, instalación eléctrica a 220V y/o gas, ventanas y claraboyas, elementos exteriores, etc… se debe realizar un proyecto para justificar el cumplimiento de la normativa y actos reglamentarios que sean de aplicación, según el Real Decreto 866/2010, de 2 de julio, por el que se regula la tramitación de reformas de vehículos y el Manual de Reformas en Vehículos.
Documentación necesaria:
Para poder homologar un vehículo furgón o mixto adaptable, a vehículo vivienda, indicando en Ficha Técnica las reformas, accesorios y cambios de datos, necesitaremos disponer de la siguiente documentación:
- Ficha técnica por todas las caras, y permiso de circulación del vehículo
- Fotos exteriores del vehículo (4 lados)
- Fotos interiores (mobiliario, cocina, marcados CE de los elementos y accesorios a incluir en la homologación)
- Certificado de taller que ha realizado la camperización
- Si se realiza instalación eléctrica a 220V y/o gas se requiere de boletín de un instalador autorizado por el Ministerio de Industria.
En el momento de acudir a la estación de ITV elegida para realizar la homologación final, deberemos llevar la siguiente documentación:
- Proyecto técnico y Certificado Final de Obra
- Certificado de instalación eléctrica (en caso de disponer instalación a 220V)
- Certificado de instalación de gas (en caso de disponer de dicha instalación)
- Informe de Conformidad emitido por un Laboratorio acreditado
- Certificado de Taller
Mobiliario
- Para incluir todo el mobiliario en la homologación, deberemos conocer el material, las dimensiones y la ubicación de cada uno de los módulos instalados en el interior del vehículo.
- Se deben respetar una distancias mínimas a asientos.
- En caso de vehículos clasificados como M1, si se instalan módulos por debajo de los reposacabezas de la última fila, no se considera reforma.
Bases giratorias
- Para incluir las bases giratorias en la homologación, deberemos disponer del certificado de conformidad del fabricante para el vehículo que corresponda, así como fotografías de la referencia de las bases instaladas.
Asientos Posteriores
- Para llevar a cabo correctamente la homologación de la estructura de asiento posterior, deberemos disponer del ensayo del fabricante en relación a la resistencia de los anclajes, los cinturones y la homologación de los mismos. Además de fotografías de su montaje, elementos de fijación al vehículo, marca, modelo y etiquetas de los cinturones.
Ventanas y Claraboyas
- Partimos de la base que la instalación de ventanas y claraboyas nunca debe afectar a la estructura resistente del vehículo, o lo que es lo mismo, sólo puede recortarse la chapa entre nervios.
- Para poder incluir dichos accesorios durante el proceso de homologación, deberemos disponer de la marca, modelo, dimensiones, ubicación y contraseña de homologación de los elementos a instalar.
- En especial se deberá tener en cuenta que tengan homologación según el Reglamento número 43, relativo a la homologación de los materiales de acristalamiento de seguridad y su montaje en los vehículos.
- Pueden homologarse claraboyas planas/escotillas pero con un máximo de 40x40cm.
Instalación 12V
- La mayoría de vehículos camper disponen de elementos que requieren de alimentación a 12V, para ello se instalan baterías auxiliares que dan servicio a la nevera, el boiler, la televisión, las tomas interiores, etc…
- En todo caso será necesario disponer de la marca, modelo y ubicación de la batería, así como también el marcado CE y homologación del resto de elementos (panel solar, boiler, bomba de agua, etc…).
Instalación 220V
- Dicha instalación requiere de toma exterior para camping, lo cual implica Proyecto Técnico al ser un elemento exterior. A su vez, se deberá disponer de un cuadro eléctrico con protecciones magnetotérmico y diferenciales.
- Se deberán conocer el circuito a 220V, enchufes disponibles, inversor de corriente, cargador de batería, etc… indicando la marca, modelo, ubicación y marcado CE de los elementos en cuestión.
Instalación de Agua
- Referente a esta instalación, se deberán homologar las bombas de agua (marca, modelo y marcado CE), depósitos de agua (limpia o sucia) que dado su volumen y peso afecta al acondicionamiento interior y deben fijarse correctamente, requiriendo de Proyecto Técnico en caso de ir en el exterior para verificar su correcta fijación al chasis del vehículo.
Calefacción Estacionaria
- Para llevar a cabo la homologación de una calefacción estacionaria, será necesario disponer de marca, modelo, ubicación y marcado CE de la misma. Asimismo, y como reforma tipificada, se deberá saber el método de alimentación del combustible.
- Es necesario que esté homologada según el Reglamento R10 y R122.
Panel Solar
- Como elemento exterior, se deberá homologar e incluir en la Ficha Técnica del vehículo. Para ello, será necesario disponer de la marca, modelo, ubicación y marcado CE del panel.
- Asimismo, será necesario conocer el sistema de anclaje sobre el techo del vehículo, para poder analizar la resistencia del mismo ante los esfuerzos producidos por el viento.
Toma Exterior
- Durante el proceso de camperización, y según las necesidades de cada propietario, se requerirá la instalación de bocana de llenado de agua, toma de corriente a 220V, ducha exterior, trampilla para el acceso al WC químico, chimenea de boiler y/o calefacción, etc…
- Dicha instalación no puede afectar a la estructura resistente del vehículo, o lo que es lo mismo, sólo puede recortarse la chapa entre nervios.
- No se considera reforma la instalación de rejillas de ventilación.
¿Qué elementos/instalaciones no son objeto de homologación?
- Mobiliario sujeto mediante elementos de amarre, a los puntos originales del vehículo.
- Nevera, baterías auxiliares e inversores siempre que se consideren carga.
- Panelado interior, siempre y cuando no supere el 5% de la masa del vehículo en orden de marcha (MOM).
- Aislamiento interior